BONO PARA PERSONA CON DISCAPACIDAD
El Bono para Persona con Discapacidad es un programa que ofrece apoyo a las familias que tienen uno o más miembros con impedimento físico total y permanente. A continuación, te proporcionamos una explicación detallada de este programa y sus condiciones para acceder a él:
Objetivo del Bono para Persona con Discapacidad: Este programa tiene como objetivo principal permitir que las familias construyan una vivienda con adaptaciones constructivas y de ubicación específicas para satisfacer las necesidades de la persona con discapacidad.
Proceso para Solicitar el Bono:
- Certificado Médico: El primer paso es obtener un certificado médico para el bono de vivienda. Debes solicitar este certificado a la Comisión Calificadora de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). Este certificado debe confirmar si la persona con discapacidad tiene un impedimento físico total y permanente.
- Personas sin Núcleo Familiar: En el caso de personas con discapacidad que no tienen un núcleo familiar que pueda valerse por sí misma, es necesario presentar una certificación adicional del Consejo Nacional de la Persona con Discapacidad (CONAPDIS).
Segundo Bono para Personas con Discapacidad: La Ley N° 9821 autoriza el otorgamiento de un segundo bono para personas con discapacidad con el objetivo de mejorar la vivienda. Según esta ley:
- Si después de haber recibido el primer bono, algún miembro del núcleo familiar desarrolla una condición de discapacidad certificada que requiere remodelación, ampliación o mejora de la vivienda para mantener o mejorar la calidad de vida, la familia puede acceder a este segundo bono.
- La familia debe cumplir con los requisitos para calificar como beneficiaria del subsidio, y el monto del subsidio por el segundo bono se determinará según las necesidades específicas de cada caso.
- La condición de discapacidad de las personas debe ser certificada por el Servicio de Certificación de la Discapacidad (SECDIS).
Condiciones para Obtener el Bono para Persona con Discapacidad:
- Impedimento Físico Total y Permanente: La familia debe tener uno o más miembros con un impedimento físico total y permanente. Este requisito se confirma a través del certificado médico que indica el porcentaje de discapacidad del miembro de la familia.
- No Tener Casa Propia o Más de una Propiedad: La familia no debe poseer una vivienda propia o más de una propiedad. Si la familia tiene un terreno, puede utilizar el bono y medio para construir la vivienda. Si ya tienen una casa pero requieren ampliaciones, reparaciones o mejoras, también pueden utilizar el bono con este propósito. Además, el bono puede usarse para comprar un terreno y construir o comprar una vivienda existente.
- Ingreso Familiar Menor a ¢1,831,260: El ingreso familiar debe ser menor a ¢1,831,260, lo que equivale a seis salarios mínimos de un obrero no especializado de la industria de la construcción. Este límite se ajusta semestralmente.
- Residencia Legalizada: La familia debe ser costarricense o tener una situación de residencia legalizada.
- Trámites en Entidades Autorizadas: Todos los trámites deben realizarse en una de las entidades autorizadas por el BANHVI, y se deben proporcionar los documentos requeridos.
En resumen, el Bono para Persona con Discapacidad es un programa importante que busca mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias. A través de certificaciones médicas y cumplimiento de requisitos específicos, estas familias pueden acceder a subsidios para construir viviendas adaptadas a las necesidades de la persona con discapacidad. Este programa también ofrece un segundo bono para mejorar aún más la calidad de vida de estas familias en caso de necesidad.
Generales
- Opción de compra-venta con un plazo mínimo de 12 meses.
- Copia de la cédula del vendedor. Si es persona jurídica, se requiere cédula jurídica, personería jurídica, distribución del capital social y cédula del representante legal.
- Copia de la escritura por medio de la cual el propietario-vendedor de la propiedad obtuvo el bien que se pretende adquirir.
- Para aquellos casos en los cuales el bien postulado (lote o casa) posea algún gravamen o anotación se debe aportar las copias de microfilm de las respectivas citas que aparecen en el informe registral.
- Informe registral de la propiedad en venta.
- Copia del Plano catastrado del lote cuya área máxima no puede exceder 300 m2.
- Una copia legible de la cédula de identidad o documento de identificación vigente para todos los mayores de 18 años.
- Certificación de bienes inmuebles de todos los miembros del núcleo incluyendo menores de edad. Puede obtenerla en cualquier agencia de Mucap o en la página de internet registronacional.go.cr
- Certificación de nacimiento de los menores de edad. Puede obtenerla en la página de internet tse.go.cr o directamente en el Registro Civil.
- Certificación de estado civil para todos los mayores de 15 años. Puede obtenerla en la página de internet tse.go.cr o directamente en el Registro Civil.
- Si es casado separado o en unión de hecho debe presentar Declaración Jurada en papel de seguridad confeccionada por un Notario, firmada.
- Reporte de cuotas emitido por la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) de los últimos 12 meses, para todos los mayores de 18 años. En caso de no laborar debe presentar una certificación de No Cotizante de los últimos 12 meses. Para esto, debe presentarse en las oficinas administrativas de las CCSS en donde le brindarán un código que deberá presentarlo en su solicitud.
- Certificación de ingresos de un Contador Privado o Público para trabajadores con actividades propias.(Debe cumplir con las Circulares: N°16-2015 Guía Mínima de Requisitos relacionados con el informe que certifica ingresos, estudio de ingresos o determinación patrimonial, emitido por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, y Circular N°01-2007 “Normas mínimas para la confección de una “Constancia de Ingresos”, emitido por el Colegio de Contadores Privados de Costa Rica)
- Para casos de Discapacidad debe presentar Certificación de Discapacidad emitida por la Comisión Calificadora de la CCSS, para esto deberá presentarse en las oficinas de Mucap, en donde se le entregará el documento que solicita la CCSS para este trámite.
- Se deberá cancelar un Estudio de Trabajador Social el cual tiene un costo de ¢45.200 (incluye IVA) y deberácancelarlos al momento de presentar la solicitud.
- Se deberá cancelar un adelanto por el costo del avalúo, el cual es de ¢50.850.00 (incluye IVA), esto al momento de presentar la solicitud.
- En caso de haber traspasado propiedades en el pasado, deberá presentar una justificación por escrito, copias de las escrituras de traspaso e informe registral de esa propiedad.
- En caso de que tenga hijos que ya no convivan con el núcleo familiar postulado, deberá presentar una carta firmada, informando los motivos por los cuales ya no forman parte del núcleo familiar.
- Se deberá contar con un correo electrónico para notificarle sobre el trámite de solicitud.
Requisitos específicos para construcción en lote propio
- Plano de Construcción con un mínimo de 42m2. Debe cumplir con lo estipulado en el Código Eléctrico Vigente.
- Presupuesto de construcción firmado por un Profesional Responsable. (Arce y Vargas, te lo proporciona)
- Cronograma de obra que no supere 4 meses (Arce y Vargas, te lo proporciona).
- Cartas de disponibilidad de servicios públicos (agua y electricidad).
- Uso de suelo para construcción vigente.
- Uso de suelo para segregación, en casos en los que el lote mida más de 1000 m2.
Requisitos específicos para compra de lote y construcción
- Opción de compra-venta con un plazo de 3 meses como mínimo.
- Copia de la cédula del vendedor. Si es persona jurídica, se requiere cédula jurídica, personería jurídica y cédula del representante legal.
- Plano de Construcción mínimo de 42m2. Debe cumplir con lo estipulado en el Código Eléctrico vigente (Arce y Vargas, te lo proporciona).
- Presupuesto de construcción firmado por un Profesional Responsable (Arce y Vargas, te lo proporciona).
- Cronograma de obra que no supere4 meses (Arce y Vargas, te lo proporciona).
- Cartas de disponibilidad de servicios públicos (agua y electricidad)
- Uso de suelo para construcción vigente.
- Uso de suelo para segregación, en casos en los que el lote mida más de 1000 m2.
