BONO ORDINARIO

(Bono Ordinario y Crédito)

El Bono Ordinario es un programa importante que facilita la construcción de viviendas en lotes propios. Para aprovechar este beneficio, es esencial cumplir con ciertos requisitos y pasos clave.

En primer lugar, si posee un lote de terreno propio, es fundamental que esté debidamente registrado a su nombre en el Registro de la Propiedad. Además, debe contar con un plano catastrado visado por la autoridad municipal y acceso a los servicios públicos, además de mantener al día el pago de los impuestos correspondientes.

El contar con un plano catastrado visado garantiza que su terreno cumple con las regulaciones municipales necesarias para la construcción de una vivienda y que tiene acceso a servicios esenciales.

El primer paso en el proceso es realizar una tasación o avalúo de su terreno. Esto es fundamental para determinar el monto del Bono Ordinario que puede obtener. Actualmente, el monto base del bono es de ¢305.210, pero este puede variar dependiendo de los ingresos familiares y si se supera el primer estrato.

El propósito principal del Bono Ordinario es financiar la construcción de una casa en su lote propio. Algunas de las ventajas de este programa son:

  • Permite que las familias de hasta el sexto estrato salarial sean elegibles para el bono.
  • Ofrece la posibilidad de utilizar el bono para la cancelación de gravámenes y financiar la construcción o reparación de viviendas.
  • También se puede utilizar para la reparación, ampliación, mejoras y terminación de viviendas existentes.

El  Bono Ordinario es una herramienta valiosa para aquellos que desean construir o mejorar su vivienda en un lote propio. Cumpliendo con los requisitos, como tener un terreno registrado y un plano catastrado visado, este programa puede ser de gran ayuda para lograr el sueño de la vivienda propia.

Requisitos Generales

  • Una copia legible del plano catastrado certificado del lote y de las propiedades adicionales si las hay. Si el lote se encuentra en zona catastrada, se deberá presentar la certificación catastral.
  • Informe registral de la propiedad y de las propiedades adicionales si las hay. Puede obtenerlo en lapágina de internet registronacional.go.cr
  • Certificación de bienes inmuebles de todos los miembros del núcleo incluyendo menores de edad. Puede obtenerla en la página de internet registronacional.go.cr
  • Una copia legible de la cédula de identidad o documento de identificación vigente para todos los mayores de 18 años.
  • Certificación de nacimiento de los menores de edad. Puede obtenerla en la página de internet tse.go.cro directamente en el Registro Civil.
  • Certificación de estado civil para todos los mayores de 15 años. Puede obtenerla en la página de internet tse.go.cro directamente en el Registro Civil.
  • Si es casado separado o en unión de hecho debe presentar Declaración Jurada en papel de seguridad confeccionada por un Notario, firmada.
  • Reporte de cuotas emitido por la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) de los últimos 12 meses, para todos los mayores de 18 años.En caso de no laborar debe presentar una certificación de No Cotizante de los últimos 12 meses. Para cualquiera de los 2 requisitos, debe presentarse en las oficinas administrativas de las CCSS en donde le brindarán un código que deberá presentarlo en su solicitud.
  • Certificación de ingresos de un Contador Público para trabajadores con actividades propias.(Debe cumplir con las Circulares: N°16-2015 Guía Mínima de Requisitos relacionados con el informe que certifica ingresos, estudio de ingresos o determinación patrimonial, emitido por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, y Circular N°01-2007 “Normas mínimas para la confección de una “Constancia de Ingresos”, emitido por el Colegio de Contadores Privados de Costa Rica), Se deberá presentar la información que respalde lo que indica el Contador.
  • Constancia de salario del patrono para trabajadores asalariados indicando el puesto que desempeña, el tiempo laborado, el ingreso bruto y neto y si se encuentra libre de gravámenes.
  • Orden patronal vigente.
  • Para casos de Discapacidad debe presentar Certificación de Discapacidad emitida por la Comisión Calificadora de la CCSS,
  • En caso de haber traspasado propiedades en el pasado, deberá presentar una justificación por escrito, copias de las escrituras de traspaso e informe registral de esa propiedad.
  • En caso de que tenga hijos que ya no convivan con el núcleo familiar postulado, deberá presentar una carta firmada, informando los motivos por los cuales ya no forman parte del núcleo familiar.
  • Se deberá cancelar el monto por concepto del avalúo, el cual se le informará al momento de presentar su solicitud en la entidad autorizad.
  • Es importante contar con un correo electrónico para notificarleacerca del avance de su solicitud.
  • Si el cliente realiza un aporte para completar la solución, deberá realizar una nota donde explique el origen de esos fondos y el respaldo correspondiente.
  • En caso de que los deudores posean tarjetas de crédito, deberán presentar los estados de cuenta de los últimos 6 meses.
  • Si hay deudas adicionales, presentar el último recibo de pago o estado de cuenta.
  • Si la propiedad está ubicada en Condominio, deberá presentar el acta constitutiva del Condominio y la certificación al día de cuotas condominales.
  • Para casos en los que se postule un padre o madre sin pareja y con hijos dentro del núcleo, se deberá presentar el documento del Juzgado de familia donde se indique si los menores tienen derecho a pensión obligatoria por parte del progenitor que no forma parte del núcleo, además si el documento indica que no recibe pensión obligatoria, deberá presentar una nota forma donde indique si recibe o no una pensión voluntaria a favor de los menores.

Requisitos específicos para construcción en lote propio

  • Plano de Construcción con un mínimo de 42m2. Debe cumplir con lo estipulado en el Código Eléctrico Vigente.
  • Presupuesto de construcción firmado por un Profesional Responsable. (Arce y Vargas, te lo proporciona)
  • Cronograma de obra que no supere 4 meses (Arce y Vargas, te lo proporciona).
  • Cartas de disponibilidad de servicios públicos (agua y electricidad).
  • Uso de suelo para construcción vigente.
  • Uso de suelo para segregación, en casos en los que el lote mida más de 1000 m2.

Requisitos específicos para compra de lote y construcción

  • Opción de compra-venta con un plazo de 3 meses como mínimo.
  • Copia de la cédula del vendedor. Si es persona jurídica, se requiere cédula jurídica, personería jurídica y cédula del representante legal.
  • Plano de Construcción mínimo de 42m2. Debe cumplir con lo estipulado en el Código Eléctrico vigente (Arce y Vargas, te lo proporciona).
  • Presupuesto de construcción firmado por un Profesional Responsable (Arce y Vargas, te lo proporciona).
  • Cronograma de obra que no supere4 meses (Arce y Vargas, te lo proporciona).
  • Cartas de disponibilidad de servicios públicos (agua y electricidad)
  • Uso de suelo para construcción vigente.
  • Uso de suelo para segregación, en casos en los que el lote mida más de 1000 m2.